Un caso que va a dar mucho que hablar en los próximos tiempos y que puede sentar jurisprudencia sobre la falsificación del documento nacional de identidad. En este caso, el Tribunal Supremo ha absuelto a una funcionaria que falsificó un DNI permitiendo cambiar la foto por la de otra persona para que esta se presentara al examen de selectividad.
En este caso, nos hacemos eco de la Sentencia 920/2023, emitida por el Tribunal Supremo el 14 de diciembre, que revisa si se vulnera el principio acusatorio por imprudencia. Concretamente, revisa un delito de falsedad documental en la que se involucran tres personas en total.
Presentarse a selectividad por otra persona
Concretamente, tenemos a dos personas, que llamaremos A y B. Una de ellas quiere presentarse por la otra al examen de selectividad. Para que esto sea posible, conspiran con una funcionaria pública para alterar la foto del DNI de B con la foto de A para que A puede presentarse al examen de selectividad en lugar de B.
Finalmente, el Tribunal Supremo, en su fallo del 14 de diciembre de 2023, ha decidido absolver a la funcionaria destacando la importancia del principio acusatorio y el derecho de defensa en el proceso legal. En la sentencia explican que la acusación se centró en el acuerdo entre la funcionaria con A y B, y no tuvo en cuenta la posibilidad de una actuación imprudente.
Por ello, mantiene el argumento de que la funcionaria fue engañada y determina que el relato de la acusación no era suficiente para una acusación de imprudencia. Por lo tanto, entienden que la funcionaria no pudo defenderse adecuadamente.